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en las d[ic]has Indias y adelante
se fundaren pudiese en vida, o en
muerte, testamento, contracto, es-
criptura, o en otra qualquiera
forma y manera disponer por ma
ior, o por menor de los d[ic]hos oficios
de chansilleres, y Registradores de las
dichas Audiencias fundadas, y que
adelante se fundaren en las d[ic]has
Indias occidentales desagregan
dolos del sobre dicho Joan Chan
siller, con los derechos, salarios, emo
lumenttos, propinas, y demas cosas
anexas a los d[ic]hos oficios, que han
llevado, podido, y deuido lleuar las
personas que los han seruido, y los
otros q[ue] en qualquier manera por
ley, derecho, uso, y constumbre pu
diessen ser anexos a los d[ic]hos ofici
os o qualquiera de ellos, o Receruando
en su persona y en los d[ic]hos sus suseso
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