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y sin embargo de esta correspondencia
tan christiana, tuvo valor, para ordenar
al teniente del sur, que no me franquease
auxilio alguno, quando fuese a la visita
y que solo esto? hasta mandar de palabra
que no se me diese bestia, mozo, ni basti
mento, para mi regreso si llegase con Nea
cidad a cierta rancheria: sobre esto pudie
ra añadir mucho, pero los motivos, que
dexo expresos a V[uestra] Ex[celenci]a. no me permiten
mas en cuia virtud V[uestra] Ex[celenci]a. si la falta de
armonia ha quedado por nosotros;
o por D[o]n. Felipe Barri lo dexo a su considera
cion.
En todo lo que a V[uestra] Ex[celenci]a. ynformo
no quisiera hallarme parte ynteresada
pero siendo la verdad el distintivo carac
ter de qualquiera hombre de bien. Qui
siera que V[uestra] Ex[celenci]a. hombrase un juez ym-
pancia) no para venganza, que yo preten
da sino para justificacion de la verdad.
Dios gu[ard]e a V[uestra] Ex[celenci]a. m[ucho]s. a[ño]s. Loreto y
marzo 26 de 1775
Ex[celentisi]mo Señor
B[eso]. l[as]. M[anos]. de V[uestra] Ex[celenci]a. su rendido capp[ella]n.
Fr[ay] Vicente de Mora

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