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MARGEN SUPERIOR DERECHA: en lápiz 178; en tinta 35
En la ciuudad de cholula en quatro dias
del mes de março de myll y seiscientos dies
y siete años yo el scribano publico doy ffe que ley e no
tifique la petiçion de atras y auto a ella
proveydo a diego de torres bela en nombre
y como marido y conjunta persona de ysabel
martin hija y heredera de andres martin labrador
difunto el cual dixo [tachado] / a quien ansy [s...?]
notifique el estado de la causa que la dicha
petiçion refiere, el qual dixo que en nombre de
la dicha su mujer y del poder que tiene de la
susodicha tiene açetada la dicha herencia del dicho
su padre y si es necesario de nuevo la açeta
con beneficio de ynbentario para que
con el se hagan los autos de esta caussa
y [no vera?] por terçero contador por su
parte para la partiçión que se ha de hazer
de los vienes del dicho difunto a ber
nardino de urrutia contador e vezino de
la siudad de los angeles e pide al dicho
corregidor lea y [a por no ver aber esto?] dio por
su respuesta testigos juan de la cruz y alonso
davila [...] tachado el cual dixo / no
vale [TESTADO] diego de torres vela [RÚBRICA a dos líneas]
DERECHA: Ante my
DERECHA: Joan Franco
DERECHA: scribano publico
[MARGEN IZQUIERDA: notificaçion]
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