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los dichos hereges y apóstatas por su delito ofen-dieron a nuestro Señor y a su Santa Fee así después que rreyncorporados y unidos a la yglesia se les pongan peniten-çias pecuniarias para defensa de la Santa Fe y quede a su albedrío de los dichos ynquisidores segund la forma que por el rreverendo padre prior de sancta-cruz les sera dado. Otrosi determiaron que como quier que alguna persona o personas de las que se hallan culpadas en el dicho delito de la heregia no se presentaren en el tienpo de la graçia pero que si vinieren y se presentaren despue de pasado el tienpo y termino que hizieren sus confi-siones en la forma que deven anes que sean presos ni çi-tados ante los ynquisidores o tengan provança de otros testigos contra ellos los tales deven ser rreçibidos y abjuraçion y rreconçiliación segund que rresçibieron a los presentados durante el dicho edicto de graçia yn []mi siendoles penitençias arbitrarias segund dicho es en esta carta que no sean pecuniarias por que los bienes que tienen son confiscados pero si al tienpo que los tales vinieren a se rreconçiliar y confesar sus herrores / y alos ynqui-
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que saben doy a de sus padres y de cuálesquier otras personas con estos tales menores aunque vengan después del tiempo de gracia deben los inquisidores recibirlos benignamente y con penitencias ligeras y menos graves que a los otros mayores y deben procurar x ynformados en la fe y en los [pensamientos] de la santa madre yglesia por que los x a la hedad y la [crianza] de sus padres. Otrosi parecio a los dichos hombre que por quanto los hereges ymputados por el mesmo [caso] que el x dicho [decia] y x culpados en el / x x [condenables] y la admynystración de ellos desde el dia que [lo cometen] y los dichos [derechos de bienes] y la propiedad de ellos son confiscados y aplicados por la comarca, y x al [terror] que los tales hereges x [lejos] y algunas seglares los dichos ynquisidores de la provincia cerca de los [reconcialiados] x x negación por x [Andres] pone la cual esta x x y por x x viene a saber que no le enseña los tales x hereges apostatas en resguardo de los ritos [e] cerimonyas de los yndios y x x que las penas del dicho x por que dizen que se convierten y quieren convertir a muchos mas a la fee de puro corazón y con fe verdadera y no simulada y que no [le] estan [x estos] de x y cumplidas penitencias que les dieren y fueren infinitas las x de ver x bolber de la granja de el x en que incurrieron por el dicho x y x los de la santa madre yglesia sin x x dizen que sin x y berdaderamente ser compartido y convierten a la santa fe
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comutándole la dicha cárcel en otra penitencia según bien visto les fuere lo qual parece que habría lugar mayormente si el dicho hereje apóstata en la primera sesión o comparación que hicieron en juicio sin esperar otra contestacion del que quiere confesar cab juzgar y confesarse los dichos susferrores antes que los testigos que contares de posieron oran anbricardo por que dizen y deponen contra el rytwn que como quier o el es denunciado o acusado del dicho delito de herejia y apostasia y diziendo ordocebo contra el legitimamente respondo abdicandor del dicho cde confesiones del otro e contra el pusieron todas bin algunas deinfesiones e rorea y pedir afem rescebido ... que viendolos abjurar en forma dicha tal mior definnitiva exclusiva estar capolar y inquisidores le deben de dicho cebizr al defridefe un iinliacion conpende harce y petron les cuendemdenz yalus si ante mi de on confesion de consideridad algunas otras contestaziones con albedrio les parez neza en la confusion y de un caliacion del tal hereje estingida y simular y no vez la de y no conciabe buen en peraca dean conversion por ser tal cafole deur del un por herego y penitente y de cepilo de... luz nal todo se remite a la ungencia del dicho...
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[item] otrosi determinaron q[ue] si alguno. siendo. demasiado ynq[ue]rido del d[ic]ho delito lo negare y p[er]sistiere en su negatiba hasta la suya y el d[ic]ho delito fuere cumplidamente prouado contra el como quiera que el tal acusado confiese la fee catolica & diga que siemp[r]e´ fuese
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por las cuales el reo acusado podría venir en conocimiento de las personas de los testigos e darle copia de ellos si la pidiere en la forma ya dicha e si el reo acusado pidiere que le den abogado y procurador que le ayude debenselo dar los inquisidores